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Ley Olimpia Nacional: Erradicar la violencia digital

De acuerdo con el Observatorio de violencia de Género en Medios de Comunicación, la violencia digital es aquella que se perpetra a través de medios electrónicos, como redes sociales, correo electrónico o aplicaciones de mensajería móvil, que causa daños a la dignidad, la integridad y/o la seguridad; y que tiene impacto en los cuerpos y las vidas de las personas.


El Senado de la República en días pasados aprobó con algunas modificaciones la “Ley Olimpia”, la cual sanciona con penas de hasta 6 años de cárcel diversos delitos relacionados con la violencia digital, en particular la difusión de contenido íntimo y sexual. La lucha por la Ley Olimpia inició en 2014 en el estado de Puebla, en donde Olimpia Coral Melo fue víctima de violencia digital después de ser difundido un video íntimo en redes sociales y WhatsApp en el que aparecía.


Entre las modificaciones realizadas en el Senado al proyecto original, está la inclusión de la violencia digital como una modalidad que abarca todas las agresiones en contra de las personas. También, se logró incorporar la violencia que se desarrolla en otros medios de comunicación y la incorporación de estos delitos en el Código Penal Federal.


La mayor parte de esta reforma quedó plasmada en la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para establecer concordancia entre la Federación, las entidades federativas y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Es decir no es una ley directa, requiere tener una ley local y solo aplica a mujeres mayores de edad. Si bien se estableció un procedimiento para bajar la información y proteger a las víctimas de violencia digital, no lo hizo para la violencia mediática o medios no electrónicos.


Sin duda la aprobación de esta iniciativa se debe celebrar. Y es necesario trabajar en todo lo que aún se debe mejorar. Por ejemplo, en el Código Federal quedó sancionada la violencia digital, pero no la mediática. De la misma forma resulta necesario legislar sobre los mecanismos para eliminar de internet el contenido que vulnere la intimidad y/o dignidad de todas las personas, establecer protocolos para la actuación de Ministerios Públicos e impartidores de justicia; así como desarrollar estrategias de sensibilización y capacitación en este tema.


Queda pendiente también, proponer mecanismos para sancionar el hackeo y divulgación de contenido digital sin consentimiento y recordando que internet no tiene fronteras, es necesario ajustar nuestras leyes para que sean tecnológicamente neutrales y flexibles, para responder a la evolución constante del crimen y la tecnología, así como establecer mecanismos de cooperación internacional.


Sobre este tema, en 2019 propuse modificaciones al Código Penal Federal para proteger la divulgación de contenido íntimo de menores de edad y personas que no tienen capacidad para resistirse, además de actualizar sus delitos y sanciones con la finalidad de armonizar nuestra legislación al Convenio sobre Ciberdelincuencia, mejor conocido como el Convenio de Budapest.


Aprobar la Ley Olimpia es un gran avance para erradicar los estereotipos sexistas, la apología de la violencia contra las mujeres y el discurso de odio sexista. Redoblemos el paso y construyamos leyes que garanticen la seguridad, la privacidad, la dignidad y la libertad para todos los usuarios de Internet.


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